El Congreso Nacional (CN) abre convocatoria para aspirantes al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Tribunal de Justicia Electoral (TJE).

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La Comisión Especial del Congreso Nacional, designada para la revisión y evaluación de las hojas de vida de los profesionales que aspiran a ocupar cargos vacantes en los órganos electorales, informó que los postulantes podrán presentar su documentación hasta el domingo 26 de abril.

Los interesados en formar parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) deberán entregar la documentación requerida en la Secretaría del Congreso Nacional, además de cumplir con todos los requisitos establecidos en la ley para ser considerados dentro del proceso de selección.

Requisitos para el CNE

Los aspirantes al Consejo Nacional Electoral deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser hondureño por nacimiento, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos (sin procesos penales pendientes), tener más de 30 años de edad, poseer título universitario y acreditar al menos siete años de experiencia profesional.
  • Contar con reconocida conducta y solvencia moral.
  • No tener cónyuge ni parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con la Presidenta o Presidente de la República, ni con los designados presidenciales.
  • No haber sido nominado a cargos de elección popular ni desempeñar o haber desempeñado cargos como magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o funciones directivas en instituciones descentralizadas o desconcentradas.
  • No mantener vínculos familiares con otros consejeros del CNE en los grados prohibidos por la ley.

Requisitos para el TJE

Los aspirantes a magistrados del Tribunal de Justicia Electoral deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser hondureño por nacimiento, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser abogado, tener al menos 10 años de ejercicio profesional y ser mayor de 35 años.
  • Contar con reconocida conducta y solvencia moral.
  • No tener vínculos familiares con la Presidenta o Presidente de la República ni con los designados presidenciales, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
  • No haber administrado ni recaudado fondos públicos sin el correspondiente finiquito.
  • No ser concesionario del Estado ni representante en la explotación de recursos naturales, ni contratista de obras públicas financiadas con fondos estatales.
  • No mantener cuentas pendientes con el Estado.
  • No tener vínculos familiares con otros magistrados del TJE en los grados prohibidos por la ley.